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El vencimiento de las multas de tránsito se extiende a cinco años en Capital

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En un intento de torcer el accionar mayoritario entre los conductores que circulan por la Ciudad, y que evitan abonar las multas amparados en el tiempo en el que éstas caducan, la Legislatura porteña aprobó días atrás una modificación de peso en la ley de Faltas. A partir de ahora, las infracciones tendrán una vigencia de cinco años en vez de dos, un período similar a la validez de un registro de conducir.

El cambio fue aprobado con 37 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones, en una semana recargada para el recinto que votó varias iniciativas importantes. De acuerdo al cambio, tal cual se expresa en el expediente, se sustituye «el artículo 15 del Anexo A de la Ley N° 451 (texto consolidado Ley N° 5.666), por el siguiente texto: Artículo 15.- PRESCRIPCIÓN – La acción en el régimen de faltas prescribe a los cinco (5) años de cometida la falta”.

Esta nueva norma, que todavía no tiene fecha de aplicación, apunta a que junto con el aumento en el vencimiento de las infracciones de tránsito, haya un incremento en la cantidad de conductores que paguen sus multas. Es que con estos nuevos tiempos, quienes deban renovar sus licencias estarán obligados a abonar la infracción para poder hacerlo.

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