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Fue condenado un conductor que choco y mató

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La Cámara de Casación porteña confirmó la condena a seis años y medio de cárcel para un conductor que, drogado y a 169 kilómetros por hora chocó y mató a un taxista de 68 años, tras lo cual intentó sobornar a un policía para que lo dejara huir. Todo ocurrió de madrugada, en la esquina de Directorio y Carabobo, en el límite de los barrrios de Flores y Parque Chacabuco.

Según se informó hoy, la Sala Primera del tribunal, integrada por los jueces Luis García, Gustavo Bruzzone y Horacio Días, ratificaron el fallo del Tribunal Oral número 4 que en junio de 2015 condenó a Kiler Dahyan Gómez García por homicidio culposo, lesiones graves culposas y cohecho.

El fallo indica que el 9 de agosto de 2013, a las 3:35, Gómez García conducía el automóvil Renault Fluence acompañado por Estefany Julieta Grimaldos Pineda -que iba en el asiento del acompañante- por la avenida Directorio, a una velocidad estimada en 169 km/hora y cruzó la avenida Carabobo, pese a que el semáforo se encontraba en rojo.

El vehículo de Gómez García «colisionó con el taxi Chevrolet Corsa conducido por Hugo Francisco Verón, que atravesaba el cruce habilitado por la luz verde» y murió como consecuencia del violento impacto.

La mujer que acompañaba a Gómez García «resultó gravemente lesionada con politraumatismos, fractura expuesta de fémures derecho e izquierdo y fractura de calcáneo», un hueso del talón del pie.

Además, los jueces dieron por probado que «cuando el imputado Gómez García se encontraba internado en el Hospital Piñero -donde había sido llevado después del choque- ofreció dinero al cabo Verón con la finalidad de que le permitiera huir», unos dos mil pesos, según se desprende del fallo.

Los exámenes toxicológicos determinaron que Gómez García había consumido cocaína. Además, los agentes que lo detuvieron le detectaron aliento etílico y en lo que quedó del rodado apareció una botella de whisky.

Casación rechazó la apelación de la defensa de Gómez García, que apuntaba a descartar la figura del «cohecho» y, en consecuencia, reducir la condena a sólo tres años en suspenso.

«El hecho de que no pueda cumplir lo que promete no borra la finalidad corruptora del ofrecimiento», resumieron los jueces de Casación respecto de la situación en que estaba el imputado cuando habría ofrecido la coima.