Para dar cumplimiento con lo dispuesto por la ley 3.708, todos los propietarios de vehículos automotores que estén radicados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, deben concurrir a grabar las autopartes de sus vehículos.
La finalidad de esta ley es protegernos entre todos, brindar mayor seguridad y evitar el robo de vehículos para su posterior desguace, una de las principales causas de muerte e inseguridad.
Cumpliendo con la ley nos cuidamos entre todos y evitás pagar las multas previstas ante el incumplimiento del grabado.
Requisitos
Todo el parque automotor radicado en CABA está obligado a grabar sus autopartes.
Los 0km tienen 30 días desde su patentamiento para concurrir a grabar y no estar en infracción a la ley.
Los autos usados deben concurrir según el cronograma estipulado por la ley.
Titulares o tenedores del vehículo son los que tienen que concurrir a grabar, presentando Título de Propiedad o cédula verde/azul y su DNI.
Pasos para realizar el trámite
Sacár tu turno vía web y despues presentarse en el taller seleccionado: con la documentación necesaria. En pocos minutos te graban las autopartes y te vas con el Formulario y oblea que identifican que tu auto está grabado y que has cumplido con tu obligación.
Más información
La ley n° 3.708, además de estipular el grabado de autopartes de todo el parque automotor, crea en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Registro de Verificación de Autopartes (RVA) dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad.
El RVA como autoridad de aplicación no sólo controlará la obligatoriedad del Grabado sino también efectuará un intensivo control sobre los comercios dedicados a la venta de autopartes, registrándolos y auditándolos. De esta manera se cierra el círculo para una eficaz prevención del delito de robo y venta de autopartes ilegales.
ORGANISMO RESPONSABLE
Ministerio de Justicia y Seguridad – Registro de Verificación de Autopartes
Dirección: Hipólito Yrigoyen 900, piso 5
Horarios de atención: Lunes a Viernes, de 10 a 17hs.
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