Los acompañantes de los motociclistas estarán obligados a llevar un chaleco con el número de la patente del vehículo impreso. Y el Gobierno porteño podrá prohibir ir de a dos en moto en ciertas zonas, días y horarios. En medio de una ola de robos cometidos por motochorros, este jueves la Legislatura de la Ciudad aprobó una ley que ordena estas medidas para combatirlos. El proyecto original era más duro y obligaba a tener la patente grabada en los cascos. Pero no obtuvo consenso y generó numerosas protestas de motociclistas, que siguen considerando que la ley los discrimina.
Con la nueva ley, además, en determinados lugares, días y horarios no se permitirán acompañantes en las motos.
«En caso de trasladar un acompañante, el mismo debe llevar un chaleco reflectante que tenga impreso en la parte delantera y trasera el número de dominio del motovehículo«, dice el primer artículo de una ley sancionada hoy por la Legislatura porteña sobre la circulación de las motos en la Ciudad de Buenos Aires.
También se legisló que la autoridad de aplicación determinará zonas, días y horarios en los cuales estará prohibido a los motociclistas transitar con acompañantes.
Las sanciones que se aplicarán incluyen la retención de las motos, multas de 100 unidades fijas que se elevan a 200 cuando se trata de la circulación no autorizada de un acompañante o la no utilización del chaleco reflectante con el número de dominio, más la aplicación de inhabilitación para conducir de 5 a 10 días. Cada unidad fija equivale actualmente a $ 10,40, con lo cual las multas oscilarán entre $ 1.040 y $ 2.080.
Lo aprobado son modificaciones al Código de Tránsito y Transporte en lo referido a la circulación de motocicletas, en base a un proyecto de los diputados Daniel Presti, Juan Pablo Arenaza, Alejandro García y Carmen Polledo (PRO) que fue largamente analizado, discutido y reelaborado en las comisiones legislativas de Tránsito y Transporte, que preside Claudio Palmeyro (SP), y de Justicia, que conduce Presti.
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