
La Justicia les trajo un poco de alivio a los inquilinos. Un juez porteño suspendió una resolución del Colegio de inmobiliarios que los habilitaba a cobrar hasta dos meses de comisión en la firma de un contrato de alquiler. Para la Justicia, el tope tiene que ser el 4,15% del total del contrato, según establece la ley.
La medida fue tomada por Marcelo Segón, titular del juzgado N° 17 en lo Contencioso Administrativa y Tributario de la Ciudad. En su fallo, el juez ordenó que se deje sin efecto la resolución N° 350 que firmó este año el Colegio Unico de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA), permitiéndoles a sus afiliados cobrar hasta dos meses de alquiler como comisión. Para el juez, esta medida va en contra de la ley N° 2.340 de la Ciudad, la misma que creó al Colegio en 2007, y que en su artículo N° 57 establece el tope del 4,15%.
La diferencia es notable. Si se considera que un alquiler de un dos ambientes en la Ciudad cuesta en promedio $ 5.457 mensuales (según la consultora Reporte Inmobiliario). Si la comisión fuera de dos meses alcanzaría los $ 10.914. En cambio, si se aplicara el 4,15% en un contrato típico de dos años que sumaría $ 130.968, la comisión final del inmobiliario sería de no más de $ 5.435, una cifra similar al de un solo mes de alquiler, lo que no es casual: si el contrato es de 24 meses, un mes es el 4,15% del total del plazo.
Pero en el CUCICBA tienen otra interpretación. Afirman que la entrada en vigencia del nuevo Código Civil permite que las partes se pongan de acuerdo en las comisiones a pagar, más allá de la ley local. Como una ley nacional decía algo distinto que una ley local, y se producía así una suerte de vacío legal, en el Colegio explicaron que resolvieron poner el tope de los dos meses hasta tanto se aclarara la cuestión legal. Respecto del fallo del juez Segón, voceros de la institución informaron que lo están estudiando y que recién hoy darán una respuesta.
Facebook
Twitter
RSS